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Sábado 23/11/2024
 

Sanlúcar

Absuelto un ginecólogo del Virgen del Camino de negligencia

El Fiscal y la acusación particular pedían una pena de 2 años de prisión y una indemnización de 600.000 euros al doctor Calitxte Pierre por lesiones imprudentes

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  • Quirófano del hospital. -

La titular del juzgado de instrucción número 3 de Cádiz ha absuelto al doctor Calixte Pierre, ginecólogo del Hospital Comarcal Vrgen del Camino, por un delito de lesiones imprudentes por el que el Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaban penas de 2 años de prisión, inhabilitación especial y una indemnización de 600.000 euros por los daños causados supuestamente a un bebé durante su nacimiento.

La sentencia, emitida a finales de 2016, hace referencia a los hechos ocurridos hace cuatro años, en 2012, durante el nacimiento de un bebé en el Hospital sanluqueño, lo que motivó la denuncia de sus padres por vía penal con la mediación del Defensor del Paciente (véase noticia de la denuncia aquí) .

La mujer fue ingresada en el Hospital Virgen del Camino el 4 de julio de 2012 tras ponerse de parto de su primer hijo, actualmente de cuatro años de edad. Al ver que el parto no progresaba, se le retiraron los registros y se empleó la ventosa por el doctor, realizándose varios intentos fallidos. Posteriormente recurrió al fórceps, que no llegó a ser introducido por completo al impedírselo algo, que luego se comprobó que era la manita del bebé. Tras ello el acusado decidió hacer una cesárea urgente y se pudo comprobar que el bebé traía la manita derecha y el brazo por delante y por eso no podía pasar por el canal del parto. El bebé sufrió una serie de lesiones tras su nacimiento, “no pudiendo acreditarse un nexo causal entre la actuación del ginecólogo y las lesiones sufridas”, según se recoge en la sentencia. La acusación particular señaló sufrimiento fetal.

En la denuncia, el Defensor del Paciente señaló que el bebé padecía “secuelas físicas gravísimas consistentes en hipoxia cerebral isquémica producida por la falta de oxígeno intrauterino”, lo que atribuyó a “la demora innecesaria en la realización de la cesárea”.

Ahora, el fallo del juzgado de instrucción número 3 de Cádiz, absuelve al ginecólogo del delito de lesiones imprudentes por el que fue acusado, basándose en las declaraciones de los peritos, que consideraron que “la actuación del ginecólogo fue la adecuada, pues tras tratar que el parto fuera natural utilizando los medios en menos del tiempo recomendado por la SEGO, que son 30 minutos”.
La sentencia también recoge que uno de los peritos no tuvo acceso a los registros tocográficos, señalando una falta de registros “que no fue tal” ya que durante el juicio se puso de manifiesto que estos habían desaparecido del hospital.

Sin acreditar

El Ministerio Fiscal y la acusación particular sostenían que la actuación del ginecólogo acusado fue “del todo negligente”, partiendo de que “hubo sufrimiento fetal” y estableciendo una relación causa efecto entre su actuación y el resultado producido. “Se sostiene por la acusación que la cesárea debió practicarse antes habida cuenta del sufrimiento fetal y que la tardanza del acusado en llevarla a cabo fue lo que provocó que el tuviera las lesiones que le han provocado el estado en el que se encuentra en la actualidad”. Sin embargo, en la sentencia a la que ha tenido acceso este medio se recoge que estas afirmaciones “no han podido quedar acreditadas en el acto del plenario”. De hecho, la juez señala que, tras las pruebas practicadas y las explicaciones dadas en el juicio por la médico forense y los peritos, “no se puede concluir con certeza que las lesiones sufridas por el bebé son consecuencia del actuar negligente del acusado”.
 

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