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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

Una juez archiva la causa por la destrucción de los hornos almohades de Puerta de Jerez en 2006

La juez instructora dictó el pasado día 31 de enero un auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta a raíz de la denuncia que en su momento formuló la asociación 'Solidaridad del Taxi'

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El Juzgado de Instrucción número 20 de Sevilla ha archivado la causa abierta en relación a los cuatro hornos almohades del siglo XII destruidos en el año 2006 en la Puerta de Jerez durante las obras previas a la peatonalización e instalación del tranvía, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

   En este sentido, las mismas fuentes han señalado que a finales del pasado año 2012 la Fiscalía de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Sevilla solicitó el archivo de la causa, en la que únicamente permanecía imputado el ingeniero jefe de las obras, petición que ha sido atendida por la juez de Instrucción número 20 de Sevilla, Nieves Martínez.

   De este modo, la juez instructora dictó el pasado día 31 de enero un auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta a raíz de la denuncia que en su momento formuló la asociación 'Solidaridad del Taxi' contra el proyecto promovido por el Ayuntamiento de Sevilla para peatonalizar la Puerta de Jerez y la avenida de la Constitución.

   Aunque las actuaciones derivan de la denuncia presentada por 'Solidaridad del Taxi', los aspectos elevados por el Ministerio Público inicialmente ante el Juzgado se redujeron sólo a la destrucción de cuatro hornos almohades por la constructora Martín Casillas en el marco de las obras previas que ejecutaba Emasesa para el desvío y la reposición de los servicios públicos afectados.

   Según la documentación recabada por Europa Press, los orígenes del caso se remontan al 30 de marzo de 2006, cuando la Delegación de Cultura elaboró un informe de las obras proyectadas en la Puerta de Jerez a partir de la visita de uno de sus arqueólogos especialistas, José Manuel Rodríguez Hidalgo.

"EXPOLIO"

   El informe señalaba que las obras que Martín Casillas ejecutaba por orden de Emasesa en la zona afectaban a "una zona de alto potencial arqueológico" encuadrada en el sector siete 'Catedral' del Conjunto Histórico de la ciudad, catalogado como Bien de Interés Cultural.

   Concretamente, Rodríguez Hidalgo aconsejaba la apertura de un expediente sancionador por "expolio" partiendo del propio informe de la arqueóloga de Martín Casillas y tras comprobar que los operarios de la empresa constructora procedían al vaciado del "pozo de ataque" de la Puerta de Jerez una vez consumada la "destrucción de los hornos sin metodología arqueológica".

   Si bien el informe de Rodríguez Hidalgo sirvió para que Cultura impusiera una sanción de 24.878 euros a Emasesa pese a ser desestimado el caso de "expolio" y sólo admitirse la "falta leve", un recurso del Ayuntamiento por la vía Contencioso Administrativa motivó la suspensión cautelar de tal pena.

EL ESTADO DEL HORNO "ERA MUY MALO"

   No obstante, y en un último informe, el perito-arqueólogo de la Delegación Provincial de Cultura --que inicialmente había calificado los hechos de "expolio"-- aseguró que "el estado del horno era muy malo" y que "el objeto en sí carecía de valor", lo que llevó entonces a la Fiscalía a pedir un peritaje "imparcial" e "independiente".

   En este sentido, la Fiscalía consideró que "llama la atención" que en el último informe del perito-arqueólogo "se hagan afirmaciones que minimizan o directamente excluyen el daño al patrimonio histórico", y además este perito "introduce novedosamente ante la juez declaraciones del imputado --el ingeniero jefe de las obras-- acerca del nivel freático, no mencionado antes por él, y el riesgo que según éste se derivaba para las personas y bienes".

   En dicho informe, este perito-arqueólogo habría señalado, en referencia a las declaraciones del imputado, que "a la vista del nivel freático del agua y de la lluvia no se hubiesen podido salvar esos hornos"; que "el perjuicio no es de valor patrimonial porque el bien carecía del mismo", y que "no hay daño patrimonial sino conflicto de intereses".

ATIPICIDAD PENAL

   Así, el Ministerio Público ya advirtió de que "si se tiene en cuenta la imparcialidad que se supone al técnico y el hecho de que hasta ahora sea cabalmente el único perito propuesto, sus ultimas afirmaciones excluyen todo valor histórico y arqueológico de los restos hallados y arrasados, lo que posiblemente determinaría la atipicidad penal de la conducta del ingeniero jefe de las obras, con el consiguiente sobreseimiento de las actuaciones".

   Una vez analizados los distintos informes que constan en la causa, la juez instructora ha decidido archivar la causa.

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