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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

Condenado el Grupo Ferro a devolver el dinero anticipado para las VPO paralizadas en Tomares

La sociedad tendrá que devolver aproximadamente 13.500 euros a uno de los adjudicatarios de las 72 viviendas de protección oficial que la citada empresa promovía en Tomares y cuya construcción quedó paralizada en 2010

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El juzgado de Primera Instancia número diez de Sevilla ha condenado a la sociedad 'Urbanizadora Rojas', antes conocida como 'Ferro Grupo Inmobiliario', a devolver aproximadamente 13.500 euros a uno de los adjudicatarios de las 72 viviendas de protección oficial que la citada empresa promovía en el municipio aljarafeño de Tomares y cuya construcción quedó paralizada allá por 2010.

   Hablamos de las viviendas protegidas del residencial Aldana, promovido en Tomares por el Grupo Ferro merced a un programa de la Junta de Andalucía y formado por cuatro bloques de viviendas. Los tres primeros bloques fueron finalizados, pero las obras del último de ellos, formado por 72 viviendas, fueron paralizadas allá por 2010 y el plazo de entrega, fijado en el tercer trimestre de 2011, ha quedado ya ampliamente superado sin que los adjudicatarios cuenten con los inmuebles pese a haber anticipado un montante global de 1.232.884 euros.

   El colectivo de adjudicatarios, en ese sentido, denuncia que el conflicto ha derivado en una situación en la que las obras de las viviendas no son reanudadas, pero tampoco obtienen la devolución de las cantidades anticipadas a la promotora para el arranque de los trabajos de construcción.

SIN VIVIENDA NI DINERO

   Si bien la promotora, presidida por Juan Rojas, se había comprometido a saldar la deuda contraída con los adjudicatarios mediante un talón nominativo, los adjudicatarios siguen sin percibir las cantidades que en su momento adelantaron a la promotora.

   Pues bien, en este asunto entra en juego la demanda promovida por uno de los afectados, Adrián Maesso, reclamando que la Justicia declarase resuelto el contrato de compraventa que él mismo firmó en 2009 para hacerse con una de estas viviendas, solicitando igualmente el retorno de 9.511 euros entregados a la promotora "más el interés del 20 por ciento sobre las cantidades entregadas anticipadamente de 19.511 euros".

   Después de que la parte demandada se allanase "íntegramente", según una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número uno de Sevilla emitida en mayo de 2013 y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial ha declarado resuelto el citado contrato de compraventa y ha ordenado restituir a este afectado los citados 9.511 euros "más el interés del 20 por ciento sobre las cantidades entregadas anticipadamente de 19.511 euros", imponiendo además las costas a la promotora.

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