Una resolución emitida recientemente por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, da cuenta de la situación vivida por una familia adjudicataria de una vivienda protegida en régimen de alquiler promovida por la Empresa Municipal de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Sevilla (Emvisesa), a cuenta de los "insultos" y "alteraciones" sufridos por su hija discapacitada.
A través de esta resolución recogida por Europa Press, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz analiza la queja promovida por una vecina de Sevilla que, desde años atrás, residía en una vivienda adjudicada por Emvisesa, junto a "su esposo enfermo y su hija discapacitada con un 82 por ciento de grado reconocido, afectada de parálisis cerebral".
La queja en cuestión giraba en torno a que "los vecinos insultaban" a la niña, y "se metían con ella", toda vez que según figura en la citada resolución conforme al testimonio de la denunciante, "el barrio se había deteriorado mucho, había mucho ruido, gritos, música, fiestas y todo ello la alteraba enormemente, por lo que no podía dormir y se le producían crisis epilépticas".
Dado el caso, en diciembre de 2013, esta familia solicitó un cambio de vivienda, solicitando lo mismo ya "en febrero" de este año 2016, porque Emvisesa "no le había dado respuesta alguna" pese a contar estas personas con "un informe baremo de la trabajadora social proponiéndoles para una vivienda de segunda adjudicación".
"PROBLEMAS DE CONVIVENCIA"
Tras solicitar la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz información a Emvisesa, dicha empresa municipal expuso que el 7 de marzo de 2012 fue firmado por esta familia el contrato de arrendamiento de la vivienda en cuestión y que el 13 de diciembre de 2013 "solicitaron un cambio de vivienda, dados los problemas de convivencia que había en la promoción donde residían y la repercusión negativa en la salud de su hija discapacitada".
Emvisesa, en ese sentido, alegaba que contestó a dicha petición 14 días después de recibir el escrito, "informando de que la normativa de viviendas protegidas no preveía la posibilidad de realizar cambios de viviendas", tras lo cual, en efecto, consta que en febrero de 2016, la familia en cuestión reiteró su petición.
"A este escrito todavía no se le había dado respuesta, porque se estaba esperando a la aprobación por el consejo de administración de Emvisesa del 'protocolo de convivencia para las viviendas cedidas en alquiler', hecho que se produjo en pasado 21 de marzo, por lo que en breve se procedería a contestar dicho escrito, dando una respuesta adecuada a su situación, ya que su caso podía ser encuadrado en aquellos comportamientos que afectaban psicológicamente de forma grave al inquilino o cualquier miembro de su unidad familiar y que implicaba la aplicación de medidas de protección a estos inquilinos especialmente afectados", resume la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.