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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

No limpiar el orín de los animales se multará a partir de final de mes

No recoger los excrementos o no rociar con agua los orines de las mascotas será sancionado a partir del día 27 con multas de hasta 500 euros

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  • El Ayuntamiento insiste en la recogida de excrementos de perros a sus dueños -
  • Con la nueva ordenanza, queda prohibido "perturbar la vida de los vecinos con ruidos de animales emitidos entre las 23.00 y las 7.00 horas"

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este jueves la Ordenanza municipal de protección, bienestar y tenencia responsable de animales, que fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla el pasado 20 de febrero. Este paso administrativo significa que en el plazo de quince hábiles a partir de la publicación del texto en el BOP (27 de marzo) entrará en vigor el régimen sancionador en caso de que los dueños de mascotas no recojan ni los excrementos ni los orines de sus animales. Esto último es una de las novedades que recoge la nueva ordenanza y su incumplmiento es considerado una infracción leve que lleva aparejada una multa que oscila entre los 75 y los 500 euros.

"Es obligatorio reducir el impacto de los orines en la vía pública con agua. Se exime de esta obligatoriedad de recoger los excrementos de los perros guías". Con este articulado, la nueva ordenanza de bienestar y tenencia responsable de animales del Ayuntamiento de Sevilla obliga a los dueños de mascotas a portar un recipiente con agua para limpiar los orines de sus animales en la vía pública. 

El texto fija que los animales de compañía podrán entrar en los edificios públicos "siempre y cuando no se elabore, almacenen o manipulen alimentos o haya espectáculos deportivos o públicos o donde se prohíba expresamente la entrada ni se provoque molestias al resto de usuarios del edificio". En materia de convivencia, "está prohibido perturbar la vida de los vecinos con ruidos emitidos por los animales entre las 23.00 horas y hasta las 7.00".

Las infracciones irán desde las muy graves (caso de las mutilaciones en las mascotas por fines estéticos), a las graves (no realizar las vacunaciones oportunas) y las leves, donde se enmarca la no retirada de los excrementos o la limpieza de los orines, así como la de dar de comer en la vía pública a animales silvestres, vagabundos o abandonados. 

Las sanciones oscilarán entre los 30.000 euros (las muy graves, de 2.000 a 30.000) y los 75 euros por las leves (75 a 500 euros).   

La propuesta de ordenanza que se someterá a la aprobación del Pleno señala que se "fomentará la figura del voluntariado en las labores de protección, bienestar y tenencia responsable de animales, sin que en ningún caso colisione con las labores que desarrollan los empleados públicos". 

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