Un hombre a quien la Fiscalía y su expareja acusaron de abusar y violar a una hija de ésta cuando la llevaba al colegio ha sido absuelto al considerar el tribunal que la hija, que ya es mayor de edad, realizó una denuncia "tremendamente parca en detalles" y que no hay pruebas que corroboren su veracidad.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, en una sentencia fechada el 23 de febrero a la que ha tenido acceso Efe, absuelve a E.M.A.R. de los delitos continuados de abuso y agresión sexual sobre menor de edad.
El procesado y la mujer que fue su pareja entre 2007 y 2013 convivían en el mismo domicilio junto a las dos hijas de la mujer, que en 2011 tenían doce y once años respectivamente si bien durante el curso 2011-2012 él se encontraba en Villaverde del Río y ella, en Brenes.
El hombre fue acusado de abusar de la hija mayor cuando llevaba a las niñas al colegio, pero la Audiencia afirma que no consta que durante esos traslados, en días indeterminados entre 2010 y 2013, le tocase las piernas "con ánimo lúbrico" ni que tocase su zona íntima o realizase otros actos "a la vista" de la hermana.
"Tampoco consta" que efectuase otros tocamientos íntimos en el domicilio familiar, según cuenta la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Según la Sala, la narración que ofreció la supuesta víctima durante el juicio "no alcanza a cubrir un mínimo" que permita establecer como ciertos los hechos que denunció porque fue "tremendamente parca en detalles en aspectos muy relevantes, como la fecha", el lugar y el modo en que sucedieron.
"No alcanza a fijar el curso o cursos durante los cuales se dieron los hechos, lo cual no es cosa menor, visto que ella y su hermana iban al mismo colegio (...), con excepción del año en que ella iba a un instituto y su hermana menor seguía en el colegio", prosigue el tribunal.
Así, los abusos "sólo podrían haber tenido lugar en ese concreto año, salvo que se pretendiese que fueron realizados a la vista de la otra hermana", un detalle que no constaba en la acusación.
"En general esta falta de concreción sería de escasa entidad, pero en este caso lo es", insiste el tribunal, para el que "no es razonable sostener ahora que durante los trayectos al colegio se diesen estos episodios en presencia de la hermana", insiste.
Los jueces también alegan que la joven no concretó "de modo mínimo en qué consistieron los tocamientos" y respondió "a duras penas", sin brindar una narración "mínimamente estructurada".
El tribunal acepta que pudo deberse a "lo traumático de la experiencia" pero asevera que, "dado el tiempo transcurrido y la madurez que con ello se adquiere, sería razonable" que su exposición hubiese sido "algo más concreta".
Los psicólogos dieron credibilidad a la denuncia de la niña, pero la Audiencia replica que sus informes "no alcanzan a suplir las lagunas" reseñadas y añade que el cuadro psicológico de la joven "es anterior al inicio de la convivencia con el acusado".
"No se trata de que se considere que el relato sea falso", sino de que las pruebas no permiten darle "certeza" de realidad pese a que la joven "tenga la convicción personal plena" de que los hechos ocurrieron, concluye la sentencia.
Sevilla
Absuelto de la denuncia de abusos sexuales a una niña porque ésta fue "parca en detalles"
La menor, hija de su expareja, denunció que habia sido objeto de abusos cuando la llevaba al colegio
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