De este modo, el expediente sancionador en curso se basa esencialmente en el artículo 11 de la mencionada Ordenanza, que señala expresamente que "está prohibida toda manipulación de las farolas (incluida rotura de bombillas), papeleras y contenedores situados en la vía y espacios públicos, moverlas, arrancarlas, incendiarlas, volcarlas o vaciar su contenido en el suelo; hacer inscripciones o adherir papeles o pegatinas en las mismas y todo lo que deteriore su estética o entorpezca su uso", determinando en su Régimen Sancionador, para el caso de las infracciones consideradas muy graves, entre las que se incluye "incendiar contenedores de basura, escombros o desperdicios", una multa de 15.025,31 a 30.050,60 euros, "compatible con la exigencia al infractor de la resposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización de los daños y perjuicios causados".
Asimismo, la mencionada Ordenanza especifica que "cuando dichos daños y perjuicios se produzcan en bienes de titularidad municipal, el Ayuntamiento, previa tasación por los servicios técnicos competentes, determinará el importe de la reparación, que será comunicado al infractor o a quien deba responder por él para el pago en el plazo que se establezca".
Paralelamente, el Ayuntamiento de Torremolinos ejercerá las acciones oportunas en orden, en su caso, a la aplicación del Código Penal, que en sus artículos 263 y 264 se refiere a quienes causaren daños en propiedad ajena, entre ellos "bienes de dominio o uso público o comunal", por cuantía superior a 50.000 pesetas, como merecedores de un "castigo con pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses", estableciéndose (artículo 625) un castigo de "pena de arresto de uno a seis fines de semana o multa de uno a veinte días a quienes intencionadamente causaren daños cuyo importe no exceda de 50.000 pesetas", señalándose igualmente (artículo 626) que "los que deslucieren bienes inmuebles de dominio público o privado, sin la debida autorización de la Administración o de sus propietarios, serán castigados con la pena de arresto de uno a tres fines de semana".