La sentencia del Juzgado de Instrucción Número 3 de Torremo-linos, que afecta también a otras dilgencias abiertas con anterio-ridad por denuncia formulada ante la Agencia Tributaria y acumula-das a esta causa, destaca en sus razonamientos jurídicos el Informe requerido en su momento al Ministerio Fiscal, que ya en 2008 interesó el sobreseimiento provisional de las actuaciones, lo que motivó a su vez un recurso de apelación del PSOE, motivando la reapertura de actuaciones por supuesto delito contra la Hacienda Pública y la petición de un informe pericial independiente cuya determinación de la ausencia de delito fue posteriormente avalada por la Agencia Tributaria.
En síntesis, la resolución judicial rechaza la trascendencia penal de los hechos denunciados en relación a la cuota mensual de IVA a ingresar o compensar por el Ayuntamiento a la Hacienda Pública en los ejercicios 1996, 1997, 1998 y 1999.