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Lunes 11/11/2024
 

Provincia de Granada

El Ayuntamiento: debe "guardar reserva" sobre la gestión del foco de Covid-19

Tras ser preguntado por el PSOE por la gestión del foco de covid-19 detectado esta semana en dependencias de la sede central del Consistorio

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  • Pleno del Ayuntamiento de Granada en septiembre de 2020. -

El Ayuntamiento de Granada se ha remitido al reglamento municipal que marca que los concejales tienen "el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función", tras ser preguntado por el PSOE por la gestión del foco de covid-19 detectado esta semana en dependencias de la sede central del Consistorio, en el que dio positivo el alcalde, Luis Salvador (Cs).

Así consta en la respuesta que la Secretaría General del Ayuntamiento traslada a la petición de información registrada el pasado miércoles por el grupo municipal socialista, en la que solicitaba información sobre "qué medidas está tomando el equipo de gobierno ante el foco generado en la Alcaldía", y "en qué momento, día y hora" tuvo conocimiento del primer positivo en dependencias municipales.

El escrito, firmado por la viceportavoz del PSOE en el Ayuntamiento Raquel Ruz, pidió también la hora en que Salvador se sometió a la prueba PCR el lunes, cuántas personas están en cuarentena, y cuántas van a ser sometidas a test "para descartar contagios". También se interesaba por las medidas que se iban a tomar en los grupos municipales que habían tenido contacto con los afectados.

En la respuesta del Ayuntamiento, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Secretaría General se remite a la documentación que le suministra al respecto el concejal de Recursos Humanos, Organización y Servicios Generales, y Servicios Jurídicos y Régimen Interior, Francisco Fuentes (PP).

En la misma se alude a que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en el 177 del Reglamento Orgánico Municipal, los concejales tienen "el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función".

Esto atañe "singularmente" a las informaciones "que han de servir de antecedente para decisiones que aún se encuentren pendientes de adopción, así como para evitar la reproducción de la documentación que pueda serles facilitada, en original o copia, para su estudio".

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